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Aplazamiento de pago de impuestos por causa del Covid-19

Como ya todos sabemos el covid-19 ha supuesto un cambio o aplazamiento en muchos de los plazos que la administración nos ofrece para algunos de sus trámites. Esto también ha afectado al pago de los impuestos de las herencias y sucesiones.

Aplazamiento del plazo de presentación del impuesto de herencias y donaciones

Por una parte, se ha ampliado el el plazo de presentación y pago de auto-liquidaciones del impuesto sobre sucesiones y donaciones y del Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Se han visto afectados por estos cambios las presentaciones y autoliquidaciones del impuesto de sucesiones y donaciones y del impuesto de  transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados que finalicen durante el período comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y el plazo donde termine el estado de emergencia. En estos casos este plazo queda ampliado en tres meses desde el día en el que finalice el plazo inicial.

Vamos a verlo con un simple ejemplo. Supongamos que una persona fallece el 25 septiembre de 2019. En condiciones normales, el plazo para el pago y presentación del impuesto sobre sucesiones y donaciones finalizaría el 25 marzo de 2020. Como hemos indicado antes, esta fecha se encuentra en el período de tiempo comprendido entre el 14 de marzo y hasta que finalice el estado de alarma. De esta forma el plazo se amplía en 3 meses, convirtiéndose el último día voluntario para la presentación del el 25 de junio de 2020.

Ampliación de la prórroga para el pago y presentación de los impuestos sobre herencias y donaciones

De forma similar se amplía el plazo para solicitar la prórroga para la presentación y pago del impuesto de sucesiones y donaciones en tres meses. La ampliación de la prórroga procederá en el caso de que el vencimiento del plazo de la misma (los 5 primeros meses del plazo de presentación) tenga lugar durante el período indicado anteriormente,es decir, entre el 14 de marzo y el 30 de junio de 2020.   En el ejemplo que hemos visto antes, no procedería la ampliación de la prórroga, ya que habría vencido el plazo de 5 meses el 25 de febrero de 2020.    

Plazo de vencimiento del impuesto de plusvalía municipal

Por otra parte, los ayuntamientos no han prorrogado la autoliquidación del impuesto tanto en el impuesto de transmisiones como en el de sucesiones y donaciones. Ahora bien, como siempre  se puede pedir una prórroga del impuesto si a la fecha del vencimiento todavía no se ha hecho la escritura ante notario, siempre que se presente la solicitud antes del vencimiento del impuesto es decir en sucesiones 6 meses desde el fallecimiento y se vaya a hacer ante notario, no mediante documento privado y con el límite máximo de 1 año desde el deceso.    

Consideraciones finales

¿Qué ocurre si el vencimiento es posterior a la fecha en que finalice el estado de alarma tanto para transmisiones y actos jurídicos como para sucesiones y donaciones?  En ese caso, si el plazo comprendido entre el día de finalización del estado de alarma y el vencimiento exacto del impuesto es inferior a un mes, automáticamente queda prorrogado hasta computar 1 mes desde la fecha de finalización del estado de alarma. Hay que tener en cuenta que en el momento en que se declare la finalización del estado de alarma, si el plazo disponible para la presentación y pago de las auto-liquidaciones, contando con la ampliación de tres meses, es inferior a un mes, se ampliará hasta un mes contado desde el día siguiente a la finalización del estado de alarma, de forma que en ningún caso será necesario presentar y liquidar estos pagos en un plazo inferior a 30 días. Esperamos que con estas sencillas explicaciones quede a todo el mundo más claro, ya que estamos recibiendo gran cantidad de consultas a este respecto, y recordad, esta información es válida respecto a Aragón, ya que la legislación es diferente para cada comunidad autónoma. Para más información llámanos o ponte en contacto con Gestoría JP.   Si quieres puede comprobar la información legal relacionada en estos enlaces: