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Duda frecuentes en la gestión de herencias

Duda frecuentes en la gestión de herencias

Cuando recibes una herencia:

Lo primero es solicitar los certificados de defunción, últimas voluntades y certificado de seguros. Del resultado de dichos certificados es conseguir si hay testamento y si no le pedimos copia autorizada ante el notario correspondiente. Después se solicita el certificado de saldos bancarios y de seguros de vida.

Documentación necesaria para herencia con testamento:

Certificados de defunción, últimas voluntades y certificado de seguros. Además la copia autorizada del testamento y los certificados bancarios a fecha de fallecimiento.

Aceptación de herencia ante notario:

Si hay testamento con la copia autorizada y los certificados es suficiente.

Aceptación de herencia precio:

A valorar en función de la magnitud de la herencia y los trámites a realizar.

Calcular honorarios herencia:

Los honorarios de notaria pueden oscilar entre 1000 a 1500 euros la aceptación, si hay que preparar declaración de herederos porque no hay testamento hay que añadir unos 500 euros. Honorarios de registro de la propiedad depende del número de fincas a registrar. Honorarios de gestión entre 800 a 1500 euros.

Certificado de herencia:

Nosotros hacemos las presentación ante el gobierno autonómico.

Cobrar herencia en banco:

El banco no deja disponer de la herencia en cuentas bancarias hasta que no se haya tramitado y presentado la aceptación ante la Comunidad autónoma correspondiente.

Hacer una herencia:

Es más complicado de lo que resulta a simple vista. Nosotros nos preocupamos de confeccionarla en borrador notarial y después la cerramos con las indicaciones del heredero.

Multa por no abrir testamento:

No hay multa hay sanción cuando no se acepta la herencia o se renuncia antes de los 6 meses desde el fallecimiento del causante de la herencia.

Reclamación testamentaria BBVA:

Nosotros pedimos el certificado de saldos a través del aplicativo del BBVA y posteriormente rescatamos la herencia ante el BBVA.

Tiempo aceptar herencia:

6 meses desde el fallecimiento del causante.

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